Después del 3 de agosto: el cronograma del IBS/CBS por tipo de documento fiscal hasta diciembre de 2026

14 de agosto de 2026 por
Después del 3 de agosto: el cronograma del IBS/CBS por tipo de documento fiscal hasta diciembre de 2026
EDOO TECNOLOGIA, Edoo Tecnologia - Editorial
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La obligatoriedad del 3 de agosto fue solo la primera ola

El día 3 de agosto de 2026 concentró buena parte de la atención del mercado fiscal, pero no fue el fin de la historia. A partir de esa fecha, la emisión de la NF-e, modelo 55, y de la NFC-e, modelo 65, con la información relativa al IBS y a la CBS se volvió obligatoria para las empresas del régimen normal, con la Nota Técnica 2025.002 incluyendo en los layouts los campos de base de cálculo, alícuotas, tributos, CST y cClassTrib. En la misma fecha entraron otros documentos: CT-e, CT-e OS, MDF-e, GTV-e, NF3e, DC-e y NFS-e Via pasaron a ser obligatorios el 3 de agosto.

Lo que muchos equipos fiscales aún no han mapeado es que el Acto Conjunto RFB/CGIBS n.º 4/2026 organizó la obligatoriedad en un cronograma escalonado por tipo de documento, y no en un único corte para todo el país. Esto significa que empresas con operaciones diversificadas — que emiten, por ejemplo, NF-e, NFCom y NFGas al mismo tiempo — necesitan controlar fechas diferentes para cada layout.

La excepción que deja a parte de las empresas de servicios fuera del corte de agosto

Un punto que pasó desapercibido para muchos equipos de TI y fiscal es la excepción prevista para quienes no son contribuyentes de ICMS. El sujeto pasivo de IBS y CBS que no es contribuyente de ICMS solo entra el 1.º de diciembre de 2026. Esto deja fuera del corte de agosto a buena parte de las empresas de servicios. Es decir: no toda empresa del régimen regular está sujeta al rechazo inmediato desde agosto — es necesario verificar el encuadramiento específico antes de bloquear la facturación por precaución (o peor, dejar de adecuar el sistema por el error de pensar que el plazo ya pasó).

El próximo hito: 1.º de octubre de 2026

Después de agosto, el próximo punto de atención en el calendario es octubre. 01 de octubre de 2026: obligatoriedad de la NFS-e para algunos servicios sujetos al ISS, de la Nota Fiscal Factura de Servicios de Comunicación Electrónica (NFCom), de la Declaración de Importación de Envío (DIR) y primer período de liquidación a informar en los Eventos Periódicos Mensuales de la Declaración de Regímenes Específicos (DeRE). Empresas de telecomunicaciones, proveedores de internet y quienes operan con importación de envíos necesitan poner esa fecha en el radar desde ya, considerando el tiempo de homologación junto al proveedor del sistema emisor.

Diciembre de 2026 y enero de 2027: los últimos lotes

El cronograma se cierra en dos etapas adicionales. NFCom y DIR entran en octubre; NFGas, NFAg y determinados boletos electrónicos de transporte, en diciembre; y la Duimp, en enero de 2027. Para el Simples Nacional y el MEI, el plazo de adaptación de los campos de IBS/CBS en los documentos fiscales electrónicos va hasta el 4 de enero de 2027, conforme ya venía siendo señalado por la Receita Federal.

Checklist para equipos fiscal, contable y de TI

Antes de cada hito, vale revisar: cuál es el encuadramiento tributario real de la empresa (régimen normal, contribuyente o no de ICMS, Simples Nacional); qué documentos fiscales electrónicos la operación emite de hecho, además de la NF-e; si el ERP y el emisor fiscal ya recibieron las actualizaciones homologadas para cada layout; y si el equipo probó el flujo completo en ambiente de homologación antes del paso a producción, ya que un rechazo masivo puede bloquear la facturación del día.

Mantener ese control documento por documento, en lugar de tratar la reforma como un evento único de agosto, es lo que evita sorpresas en octubre, diciembre y en el cambio de 2027.

Este contenido tiene carácter informativo y no sustituye la orientación de su contabilidad, que debe evaluar el encuadramiento específico de su empresa en cada una de estas fechas.

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Después del 3 de agosto: el cronograma del IBS/CBS por tipo de documento fiscal hasta diciembre de 2026
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