Otra prórroga en el calendario de documentos fiscales electrónicos
El Consejo Nacional de Política Hacendaria (CONFAZ) publicó, en el Diario Oficial de la Unión del 14 de septiembre de 2026, el Ajuste SINIEF nº 29/2026, posponiendo nuevamente el inicio de la prohibición de emisión de NF-e de salida que haga referencia a una NFC-e. La nueva fecha de inicio de los efectos pasa a ser el 14 de diciembre de 2026.
(cite index="22-1,22-2">El plazo para entrar en vigor la prohibición de emisión de Nota Fiscal Electrónica (NF-e) de salida que haga referencia a una Nota Fiscal de Consumidor Electrónica (NFC-e) fue prorrogado hasta el 14 de diciembre de 2026, conforme al Ajuste SINIEF nº 29/2026, publicado en el DOU de este lunes (14), aprobado por el CONFAZ y por la Secretaría Especial de la Receita Federal do Brasil durante la 202ª Reunión Ordinaria del Consejo, realizada el 4 de septiembre, en Maceió (AL).
Un historial de sucesivos aplazamientos
Esta no es la primera vez que la regla cambia de fecha. (cite index="25-6,25-7">La previsión original era del 5 de enero de 2026. Después, pasó al 4 de mayo, al 5 de octubre y, ahora, al 14 de diciembre de 2026. Para quien sigue el cronograma de cerca, vale la pena registrar el origen de la norma: (cite index="22-4">el Ajuste SINIEF nº 32/2025 estableció que no podría emitirse NF-e de salida haciendo referencia a una NFC-e.
El texto legal continúa siendo el mismo desde la edición original: (cite index="21-10">Queda prohibida la emisión de NF-e de salida que haga referencia a una NFC-e, exceptuándose la emisión de NF-e complementaria. Es decir, la excepción para la nota complementaria permanece intacta — (cite index="22-5">la excepción para la emisión de NF-e complementaria permanece prevista en el Ajuste SINIEF nº 32/2025.
Qué cambia exactamente con el Ajuste SINIEF nº 29/2026
Técnicamente, el ajuste no altera el fondo de la regla, solo el cronograma. (cite index="22-4">El Ajuste SINIEF nº 29/2026 entró en vigor en la fecha de su publicación y alteró únicamente el inicio de la producción de efectos de la prohibición. Esto significa que, hasta el 14 de diciembre de 2026, sigue siendo posible operar como hoy: emitir una NF-e de salida (modelo 55) referenciando una o más NFC-e (modelo 65) emitidas previamente — práctica común, por ejemplo, en la consolidación de tickets de estaciones de servicio para flotas o en ajustes de operaciones minoristas que migran de documento.
Para los equipos fiscal y de TI, el mensaje práctico es: (cite index="37-2">los procesos involucrados en esta emisión pasan a tener como referencia la fecha del 14 de diciembre de 2026 para el inicio de la prohibición prevista en la norma. Esto aplica tanto a las reglas de negocio internas como a la parametrización de los sistemas emisores de NF-e y NFC-e.
Por qué esto importa para quien opera con volumen de NFC-e
Empresas minoristas, estaciones de servicio, farmacias y cadenas que consolidan ventas vía NFC-e y eventualmente emiten NF-e referenciando esos documentos ganan una nueva ventana de adecuación. (cite index="37-6">Para el comercio minorista, que frecuentemente emite NFC-e y luego necesita emitir NF-e de salida para amparar operaciones interestatales o devoluciones, la prórroga da más tiempo para reorganizar flujos sin riesgo inmediato de rechazo.
Vale reforzar que el escenario de referencia a documentos obsoletos (Cupón Fiscal por ECF, Nota Fiscal de Venta al Consumidor Modelo 2) es una regla distinta, ya vigente desde enero de 2026, y no fue alterada por este ajuste. El punto tratado ahora es específicamente la referencia entre dos documentos electrónicos vigentes — NF-e y NFC-e — y no a documentos analógicos heredados.
Recomendaciones prácticas para las próximas semanas
- Actualice la documentación interna de procesos fiscales con la nueva fecha del 14/12/2026, evitando que los equipos de ventas o facturación actúen con base en el plazo anterior (5/10/2026).
- Revise, junto al equipo de TI o al proveedor del ERP, si la rutina de emisión de NF-e complementaria está correctamente configurada, ya que esa es la única excepción que permanece válida después de que la prohibición entre en vigor.
- Monitoree posibles nuevas alteraciones: el historial de cuatro prórrogas en poco más de un año muestra que el tema sigue siendo sensible y puede ser revisado nuevamente por el CONFAZ.
- Aproveche el plazo extendido para mapear todos los flujos de negocio que hoy dependen de esa referencia entre NF-e y NFC-e, especialmente en operaciones de consolidación de ventas y devoluciones.
Este contenido es informativo y no sustituye la orientación de su equipo contable o tributario, que debe evaluar el impacto específico de la norma en la operación de su empresa. Para seguir de cerca estos cambios con un ERP preparado para el cronograma fiscal brasileño, hable con Edoo.
Ajuste SINIEF n.º 29/2026 posterga al 14/12/2026 la prohibición de NF-e que referencia NFC-e: qué deben ajustar ahora los equipos fiscal y de TI