Un nuevo capítulo en el retraso del Impuesto Selectivo
El calendario de transición de la Reforma Tributaria ganó un ajuste más. Después de que el gobierno perdiera el plazo de la noventena para fijar las alícuotas del Impuesto Selectivo (IS), el Ministerio de Hacienda pasó a articular una Propuesta de Enmienda a la Constitución (PEC) para mantener el cobro del IPI sobre determinados productos hasta que el nuevo tributo comience a regir de hecho.
(cite index="47-3,47-4">El Ministerio de Hacienda articula el envío de una Propuesta de Enmienda a la Constitución al Congreso Nacional para permitir la continuidad temporal del cobro del Impuesto sobre Productos Industrializados sobre determinados productos. (cite index="47-5,47-6">La discusión ocurre porque el nuevo impuesto no podrá comenzar a cobrarse en la fecha inicialmente prevista, y con el aplazamiento de la reglamentación de las alícuotas el gobierno necesita encontrar una alternativa para el período entre el fin previsto del IPI y el inicio de la tributación por el Impuesto Selectivo.
Por qué la noventena trabó el cronograma
Para que el Impuesto Selectivo rigiera ya el 1º de enero de 2027, la ley (o medida provisional) con las alícuotas debía publicarse hasta inicios de octubre de 2026, respetando la anterioridad nonagesimal. (cite index="46-6">Para que el gobierno pudiera cobrar el nuevo tributo el primer día de 2027, la regla constitucional exigía la publicación de una Medida Provisional detallando las alícuotas hasta el día 2 de octubre de 2026. Esto no ocurrió, y (cite index="51-6">la medida provisional que definirá las alícuotas no fue editada hasta el 2 de octubre, último día para que el intervalo mínimo de 90 días entre la publicación y el cobro permitiera exigir el impuesto el 1º de enero, y ahora se espera para fines de octubre o para noviembre.
Vale recordar que, por tratarse de MP, todavía existe una segunda condición: (cite index="44-2">si se vehicula mediante medida provisional, esta aún necesitará ser convertida en ley hasta el 31 de diciembre de 2026 para producir efectos en 2027. Es decir, incluso si la MP sale en noviembre, el Congreso necesita aprobarla antes de fin de año para que el IS rija en 2027 — en caso contrario, el cobro solo podría reiniciarse en 2028.
El 'vacío' fiscal y por qué la PEC del IPI entró en escena
El impasse creó un problema concreto de recaudación. El IPI ya está programado para anularse en la mayoría de los productos a partir de enero de 2027 (preservada la Zona Franca de Manaus), pero el Impuesto Selectivo todavía no puede cobrarse en esa fecha. (cite index="43-4,43-5,43-6">La pérdida estimada para las arcas federales en enero de 2027 es de R$ 3,82 mil millones, lo que corresponde a aproximadamente 9% de la recaudación proyectada para el año con el Impuesto Selectivo, y la prórroga del IPI funciona como un puente para evitar ese agujero en los ingresos federales durante el mes de transición.
Por eso la solución en estudio es prorrogar temporalmente el cobro del IPI sobre los mismos segmentos que serían alcanzados por el IS. (cite index="43-9,43-10,43-11">La propuesta no implica el mantenimiento generalizado del IPI para toda la industria: el foco está en segmentos cuyos productos pasarán a ser alcanzados por el Impuesto Selectivo, entre ellos fabricantes de cigarrillos y derivados del tabaco, bebidas alcohólicas, refrescos y bebidas azucaradas, vehículos automotores, aeronaves y extracción mineral.
Sin fecha fija de cierre — y eso cambia el análisis de riesgo
Una información reciente merece atención de quien trabaja con registro fiscal y TIPI: a diferencia de las primeras versiones de la propuesta, que preveían prórroga hasta el 31 de enero, la tendencia más reciente es no fijar una fecha de cierre. (cite index="51-3">El gobierno federal avisó al sector privado que evalúa proponer al Congreso una PEC con ese objetivo, y la tendencia, según integrantes del gobierno, es que el texto no fije fecha para el fin del IPI en esos casos. (cite index="51-8,51-9">La opción de no fijar plazo busca neutralizar el riesgo de nuevos retrasos, entre ellos el calendario de la propia MP, que necesita salir todavía en 2026 para regir en 2027, ya que el Selectivo se sujeta a las anterioridades anual y nonagesimal. La PEC todavía no fue presentada al Congreso.
Minería queda fuera del cobro en 2027
Una definición ya negociada es la de la minería. (cite index="39-1,39-2">En las negociaciones, quedó acordado que la minería tendrá alícuota cero del Impuesto Selectivo en 2027, atendiendo a una reivindicación del Instituto Brasileño de Minería, que argumentaba que el cobro podría perjudicar la competitividad de las empresas brasileñas en el mercado internacional y funcionar, en la práctica, como un impuesto sobre las exportaciones. Para los demás productos hoy sujetos al IPI, como electrodomésticos de línea blanca, el cronograma sigue sin alteración: alícuota cero a partir de 2027, a excepción de la Zona Franca de Manaus.
Zona Franca de Manaus: distinguir la salvaguarda de la prórroga
Es importante no confundir la prórroga transitoria con la salvaguarda constitucional permanente de la ZFM. (cite index="38-3">La salvaguarda constitucional ya mantiene el IPI activo a partir de 2027 específicamente para preservar la competitividad de los productos industrializados en Manaus frente a similares producidos fuera de ella, sumada a los mecanismos de crédito presumido. La PEC en discusión trata solamente de la continuidad temporal del IPI para los ítems que van a migrar hacia el Impuesto Selectivo, independientemente de la regla específica de Manaus.
Qué deben monitorear los equipos fiscales y de TI
- Publicación de la MP con las alícuotas del Impuesto Selectivo — esperada para fines de octubre o noviembre, después de la segunda vuelta de las elecciones el 25/10.
- Presentación formal de la PEC del IPI al Congreso y eventual definición (o no) de una fecha límite de cierre.
- Plazo de conversión de la MP en ley hasta el 31/12/2026, condición para que el IS rija ya en 2027.
- Impacto en los registros de productos (TIPI) y en las reglas de emisión de NF-e para empresas de los sectores de bebidas, tabaco, vehículos, aeronaves y minería, que pueden convivir por semanas con IPI residual y, luego, migrar hacia el IS.
- Eventuales notas técnicas de ajuste en los documentos fiscales electrónicos derivados de esta transición, que tienden a llegar a último momento, dado el historial reciente de aplazamientos.
Este contenido tiene carácter informativo y no sustituye la orientación de su equipo contable, que debe evaluar el impacto específico de la MP y de la PEC en su segmento. Para acompañar estos cambios sin perder plazos y mantener la emisión fiscal siempre actualizada, hable con Edoo.
PEC del IPI: qué cambia para las empresas de bebidas, vehículos, tabaco y minería de cara a 2027