Una nueva decisión estratégica llega al calendario del Simples Nacional
En edición extra del Diario Oficial de la Unión del 10 de agosto de 2026, el Comité Gestor del Simples Nacional publicó las Resoluciones CGSN nº 190 y nº 191/2026, que modifican la Resolución CGSN nº 140/2018 para adaptar el régimen simplificado a la Reforma Tributaria del Consumo. Para quien se ocupa del área fiscal, contable o de la parametrización de sistemas en empresas que optan por el Simples, el texto trae una decisión que debe entrar en agenda ya en septiembre.
Simples Puro x Simples Híbrido: qué cambia
El Comité Gestor del Simples Nacional (CGSN) publicó la Resolución nº 190, del 4 de agosto de 2026 (en el DOU del 10/8/2026), que modifica la Resolución CGSN nº 140/2018 — norma principal que regula el Régimen Especial Unificado de Recaudación de Tributos y Contribuciones adeudados por las Microempresas (ME) y Empresas de Pequeño Porte (EPP). La actualización promueve la integración de los nuevos tributos creados por la reforma tributaria al Simples Nacional y redefine conceptos centrales como ingreso bruto, facturación y límites de encuadramiento. En la práctica, a partir de 2027 las empresas del Simples Nacional podrán optar entre dos modelos de recaudación del IBS y de la CBS — Simples Nacional Puro o Simples Nacional Híbrido —, con la elección a realizarse entre el 1º y el 30 de septiembre de 2026 para el año 2027.
La diferencia entre los dos modelos tiene impacto directo en la cadena de créditos: liquidar IBS/CBS dentro del DAS mantiene la simplificación de la recaudación unificada, pero traspasa créditos tributarios reducidos a los clientes comerciales de la empresa optante. Ya quien migra al régimen regular renuncia a la simplicidad del DAS para transferir crédito pleno a clientes B2B — un punto que puede pesar bastante para prestadores de servicios e industrias que venden a grandes contribuyentes del régimen normal.
Split payment: liquidación automática también en el Simples
La norma también extiende al Simples Nacional el mecanismo de pago fraccionado. El split payment es un mecanismo que permite la separación del valor del tributo en el momento de la liquidación financiera de la operación. Con la reglamentación, los valores de IBS y CBS adeudados por empresas encuadradas en el Simples podrán ser recaudados y utilizados para liquidar los respectivos débitos automáticamente durante la liquidación de la transacción. Esto significa que, dependiendo de la opción realizada en septiembre, parte de la conciliación fiscal del día a día pasa a suceder en el propio medio de pago, y no solo en la liquidación mensual del DAS.
Facturación, ingreso bruto y sublímite también cambian
La resolución redefine puntos que afectan directamente el cálculo del Simples: las propinas no repasadas, regalías, alquileres, intereses y multas pasan a integrar el ingreso bruto; los rendimientos de aplicaciones financieras, IBS/CBS del régimen regular y propinas íntegramente repasadas quedan excluidos. Además, la facturación pasa a definirse por la emisión de documento fiscal, incluso en ventas para entrega futura y cobros anticipados — un detalle que cambia el momento de reconocimiento de ingresos a efectos del régimen. Hay además un ajuste en el techo de encuadramiento: sublímite de R$ 3,6 millones para ICMS, ISS e IBS en el mercado interno y en las exportaciones, con opción por el régimen del 1º al 30 de septiembre y cancelación posible hasta el 30 de noviembre.
NFS-e nacional: plazo postergado, pero no cancelado
La Resolución nº 191/2026 trata específicamente de la factura de servicios: la Resolución CGSN nº 191/2026 revoca la 189/2026 y posterga la NFS-e nacional obligatoria para ME/EPP de servicios del 1º/09/2026 al 1º/11/2026. Es un respiro de dos meses, pero no cambia la obligatoriedad en sí — solo desplaza la fecha de corte para quien todavía emite fuera del estándar nacional.
Plazos que ya entran en la agenda de 2026
Vale registrar que, aun con efectos concentrados en 2027, algunas obligaciones de rendición de cuentas ya corren este año. El módulo Ingresos Anteriores a la Opción del PGDAS-D vale para quien ingresa o reingresa al régimen en 2027 y para ex-Simei: es necesario confirmar ingresos y nómina hasta el 20/12/2026 (referente a dic/25–nov/26) y hasta el 20/01/2027 (referente a dic/26). Sin manifestación, valen los valores precargados. Y, de forma general, la Resolución CGSN nº 190 prevé que sus modificaciones producirán efectos, por regla, a partir del 1º de enero de 2027, siendo que uno de los cambios de mayor impacto operacional es justamente la modificación de los períodos para formalización de las opciones por el Simples Nacional y por la recaudación de la CBS y del IBS según el régimen regular.
Qué pide esto del equipo fiscal y de TI ahora
Tres frentes merecen atención práctica antes de fin de septiembre: (1) simular el impacto de cada modelo — Puro o Híbrido — en el perfil de clientes de la empresa, sobre todo si hay venta relevante a contribuyentes del régimen regular que aprovechan crédito; (2) revisar la parametrización del ERP para reflejar la nueva definición de facturación por la emisión del documento fiscal, incluyendo ventas para entrega futura; y (3) garantizar que el sistema de emisión ya contemple el split payment y los campos de IBS/CBS sin generar retrabajo en el cambio de régimen.
Este contenido tiene carácter informativo y no sustituye la orientación de su contabilidad, que debe evaluar el encuadramiento y la mejor opción para el caso concreto de la empresa.
Si su equipo está evaluando el impacto de la Resolución CGSN nº 190/2026 en la operación y en los sistemas fiscales de la empresa, hable con Edoo.
Simples Nacional Puro o Híbrido: la elección de septiembre de 2026 que definirá tu IBS/CBS en 2027