El plazo del Simples Nacional cierra hoy (30/10): ABF exige compensación por créditos que el régimen no genera

30 de octubre de 2026 por
El plazo del Simples Nacional cierra hoy (30/10): ABF exige compensación por créditos que el régimen no genera
EDOO TECNOLOGIA, Edoo Tecnologia - Editorial
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Hoy es el último día para optar por el régimen híbrido de IBS/CBS en el Simples Nacional

El viernes, 30 de octubre de 2026, marca el cierre de una de las ventanas más importantes del calendario de transición de la Reforma Tributaria para las micro y pequeñas empresas. De acuerdo con la Resolución CGSN nº 194/2026, la opción por el régimen regular de IBS y CBS válida para el primer semestre de 2027 puede realizarse en el Portal del Simples Nacional del 1º de septiembre al 30 de octubre de 2026. Quien no se manifieste hasta hoy permanece automáticamente en el modelo simplificado, recaudando los nuevos tributos dentro de la guía única del DAS.

Vale recordar que ese mismo plazo también sirve para regularizar pendencias que impidieron el ingreso al régimen: el plazo para que las empresas regularicen las pendencias que impidieron el ingreso al Simples Nacional también termina hoy. Para quien cambie de opinión después de registrar la opción, hay una segunda ventana: el plazo para desistir de las opciones va del 3 de noviembre al 20 de diciembre de 2026.

El pedido de la ABF: compensación para quien no consigue generar crédito

En paralelo al cierre del plazo, la Asociación Brasileña de Franchising (ABF) llevó al debate público un problema estructural del nuevo sistema. La Asociación Brasileña de Franchising busca negociar con el Gobierno Federal formas de compensación tributaria para proteger al 94% de los franquiciados en el Simples Nacional, ante la imposibilidad de aprovechar plenamente los créditos de IBS y CBS en las operaciones.

El punto técnico detrás del pedido es conocido por quien sigue de cerca la LC 214/2025: la no acumulatividad plena del IBS/CBS depende de la generación de créditos a lo largo de toda la cadena, pero los optantes del Simples Nacional solo transfieren el crédito correspondiente a lo que efectivamente recaudaron en el régimen simplificado. Esto crea un desajuste entre proveedores en el Simples y tomadores en el régimen regular, presionando precios y competitividad justamente del grupo que más depende de un margen reducido. Según la entidad, a pesar de no definir exactamente cómo se realizaría la compensación para empresas optantes por el Simples, la entidad resalta que no defiende un beneficio fiscal directo, prefiriendo mecanismos que preserven la neutralidad tributaria.

Qué significa esto en la práctica para fiscal y TI

Para los equipos de fiscal y TI, el mensaje es doble. Primero, la decisión de hoy no es solo administrativa: las empresas que venden predominantemente a otras empresas del régimen regular tienden a ganar competitividad optando por el híbrido, mientras que quienes venden mayoritariamente al consumidor final generalmente se benefician de la simplicidad del DAS. Segundo, independientemente de la opción elegida, los sistemas de emisión de NF-e, NFC-e y NFS-e deben estar preparados para los nuevos grupos de campos de IBS, CBS e Impuesto Selectivo, con registros de clientes y proveedores actualizados por régimen tributario — un trabajo que se vuelve más difícil de corregir después de que la ventana de hoy se cierre.

Este contenido tiene carácter informativo y no sustituye la orientación de la contabilidad responsable de su empresa, especialmente ante un tema con tantas variables específicas por sector y régimen. Si su equipo aún está simulando escenarios de régimen regular versus híbrido u organizando la integración fiscal en el ERP, hable con Edoo.

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EDOO TECNOLOGIA, Edoo Tecnologia - Editorial 30 de octubre de 2026
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