El 3 de agosto ya pasó, pero la Reforma Tributaria en los documentos fiscales no se detuvo ahí
Desde el 3 de agosto de 2026, la obligatoriedad de emisión de documentos fiscales electrónicos con los campos del IBS y de la CBS entró en vigor para NF-e y NFC-e, conforme al Acto Conjunto RFB/CGIBS n.º 4, de 30 de julio de 2026, publicado en el Diario Oficial de la Unión el 31 de julio. Pero ese acto trae más que fechas: también compromete a la Receita Federal y al Comité Gestor del IBS con dos entregas que aún están en curso y que merecen atención redoblada por parte de los equipos fiscales y de TI.
El Programa de Conformidad para 2026
El Acto Conjunto RFB/CGIBS n.º 4, de 2026, prevé además la edición de un programa de conformidad para el año 2026, con carácter orientador de la implementación. Según el propio texto del acto, este programa estará destinado a los contribuyentes que demuestren una conducta cooperativa en el cumplimiento de sus obligaciones accesorias, mediante la concesión de un plazo adicional para la regularización.
En la práctica, esto confirma lo que los analistas ya venían señalando: el art. 2.º del Acto Conjunto avisa que, en un plazo de hasta 30 días tras su publicación, un nuevo acto conjunto RFB/CGIBS debe instituir ese programa de conformidad para la emisión de documentos fiscales durante 2026. Esto indica que la transición no será tratada como todo o nada a partir de las fechas ya fijadas — debe haber un período de adaptación con reglas más flexibles para quienes están genuinamente ajustándose al nuevo sistema, y vale la pena estar atentos a la publicación de ese próximo acto, que debería salir aún en agosto de 2026.
El cronograma de ambientes todavía está pendiente de publicación
Otro punto que pasó desapercibido en medio de la euforia sobre rechazos y plazos: todavía en la primera quincena de agosto se divulgará el cronograma de disponibilización de los ambientes para la emisión de los documentos fiscales, según comunicado de la propia Receita Federal sobre el Acto Conjunto n.º 4/2026. Es decir, además del calendario de obligatoriedad por tipo de documento, todavía falta el detalle de cuándo la homologación y la producción estarán realmente habilitadas para los layouts más recientes — información esencial para quienes planean pruebas internas antes de cualquier nueva ola (la próxima comienza el 1.º de octubre, con NFS-e sujeta al ISS).
Qué cambia esto en la práctica para fiscal y TI
- Documente los intentos de conformidad: si su empresa tuvo rechazos o ajustes de última hora después del 3 de agosto, guarde registros (logs) y evidencias. Pueden servir de base para comprobar conducta cooperativa cuando se publique el programa de conformidad.
- No trate los plazos ya fijados como definitivos e inmutables: el historial reciente del Acto Conjunto RFB/CGIBS n.º 1/2026 y de la Resolución CGIBS n.º 16/2026 muestra que el cronograma puede recibir ajustes técnicos puntuales sin alterar la obligatoriedad legal de fondo.
- Siga los canales oficiales del CGIBS y de la Receita Federal en las próximas semanas: tanto el programa de conformidad como el cronograma de ambientes son entregas con plazo previsto para agosto de 2026 y aún no publicadas en detalle.
- Revise la parametrización de todos los documentos incluidos en el Acto Conjunto n.º 4/2026 — no solo NF-e y NFC-e, sino también CT-e, CT-e OS, GTV-e, NF3e, DC-e y NFS-e Via, que también entraron en la primera ola del 3 de agosto.
Este contenido tiene carácter informativo y no sustituye la orientación de su contabilidad, que debe evaluar el encuadramiento específico de su empresa ante cada nueva publicación normativa.
Si su equipo fiscal o de TI quiere seguir estos cambios con un ERP ya parametrizado para IBS, CBS y los layouts vigentes, hable con Edoo.
Programa de Cumplimiento del IBS/CBS: qué viene después del 3 de agosto para los equipos fiscales